Preaviso Fin De Contrato Por Obra O Servicio. De forma similar, también es obligatorio el preaviso despido. A partir de ese año, la duración no puede ser superior a 3 años, pudiéndose ampliar en 12 meses más si así lo permite el convenio colectivo laboral del sector.
Fin contrato obra o servicio. Hay que resaltar que si el empresario decide poner fin al contrato con anterioridad a la fecha que corresponda (finalización de la obra o servicio, o duración máxima) por causas objetivas (y no disciplinarias), tendrás derecho a la indemnización propia del despido por causas objetivas, de 20 días de salario por cada año de trabajo, y si. De manera general, en el artículo 49.1c párrafo 3.º del real decreto legislativo 2/2015 del estatuto de los trabajadores, se indica la obligación de un preaviso de mínimo 15 días en todos los contratos temporales que tengan una duración superior a un año, sean del tipo que sean (por obra y servicio.